El Ministerio de Trabajo en su calendario de días feriados especifica el cambio el para conocimiento de la colectividad empresarial y trabajadora del país.
“Las empresas que por su naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deben recibir una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo”, explica el Ministerio.
La celebración de estas fechas, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos de la República Dominicana.
En tanto, el día de la “Constitución” que se celebra el miércoles 6 de noviembre, se trabaja, y se cambia el día de fiesta para el lunes 4 del mismo mes.
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