Telecomunicaciones (Indotel) dispuso nueva vez la suspensión provisional para el otorgamiento de concesiones y licencias necesarias para la prestación del Servicio Público de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) y Amplitud Modulada (AM), por un período de 12 meses, renovables, según contempla la Resolución número 054-2020, dictada por el Consejo Directivo el pasado 9 de septiembre de 2020.
El presidente del Indotel Nelson Arroyo, indicó que la decisión obedece a las recomendaciones de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones (UIT) orientadas a corregir las distorsiones identificadas respecto a todo lo concerniente a la operación del Servicio de Radiodifusión Sonora en el rango de frecuencia 88-108 MHz., destinada al servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) y la banda 535 – 1705 kHz, atribuida al servicio de radiodifusión sonora de amplitud modulada (AM).
De igual modo, para dar continuidad a la ejecución de los trabajos de fiscalización, aplicación de medidas correctivas e implementación de la normativa vigente, que redunden en una correcta depuración del espectro radioeléctrico, establecida en la Ley General de Telecomunicaciones 153-98.
La medida es de alcance nacional y resulta aplicable para todos los mecanismos de asignación previstos en el marco jurídico y reglamentario que involucren el uso del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora.
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