La disposición dada a conocer hoy la tomó el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), al determinar que los trabajadores suspendidos serán beneficiarios del régimen subsidiado.
La resolución establece que estos afiliados y sus dependientes, cuentan con la protección de la cobertura del Plan Básico de Salud (PBS).
Asimismo, el CNSS dispuso que tan pronto cese la condición de suspensión de la relación laboral de cada trabajador, el afiliado podrá optar por volver a afiliarse a la ARS en la que se encontraba al momento de su suspensión o a la de su preferencia.
Cuando la pandemia se extendió por el país entre marzo y abril pasados, centenares de miles de trabajadores del sector privado fueron suspendidos y aún decenas de miles de ellos no han podido recuperar su trabajo.
«El CNSS ordena a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), a que preste toda la colaboración técnica requerida para que dichos traspasos se encuentren materializados para el día 15 de febrero del año en curso, y a velar por su estricto cumplimiento», dice la resolución.
El programa Fase I extendido estará vigente hasta el 30 de abril venidero, por lo que se hizo necesario garantizar la protección a la salud de los trabajadores suspendidos, agregó la información.
El CNSS especifica en la resolución 514-03 que por motivo de la pandemia de covid-19, el sistema ha tenido una caída en los ingresos por cotizaciones, debido a la suspensión de los contratos de trabajos por parte de las empresas, los cuales continúan suspendidos, ya que persisten las causas que dieron origen a la suspensión.
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