A travĆ©s de un comunicado, Ulloa explicĆ³ que la acciĆ³n no se produce por las desvinculaciones, si no porque Peguero se ha negado «deliberadamente a dar respuesta a las diversas solicitudes del Defensor del Pueblo en las que se le requiere informar sobre la situaciĆ³n de los ciudadanos que han sido desvinculados del Inposdom y han presentado reclamaciones ante este Ć³rgano constitucional».
La Ley 19-01 que crea el Defensor del Pueblo establece que «en caso de que un funcionario se niegue a colaborar con el Defensor del Pueblo o no le suministre la documentaciĆ³n o informes requeridos, el Defensor del Pueblo informarĆ” al superior inmediato del funcionario investigado; tambiĆ©n al Ministerio PĆŗblico, a fin de que someta al funcionario a la acciĆ³n de la justicia bajo cargos de violaciĆ³n al artĆculo 234 del CĆ³digo Penal Dominicano», recordĆ³ el comunicado.
«NingĆŗn funcionario pĆŗblico se encuentra por encima de la ConstituciĆ³n y las leyes» afirmĆ³, por su lado, Pablo Ulloa.
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