La sentencia, emitida el 31 de agosto por la Primera Sala de la SCJ, estableció que los comercios deben comprobar la titularidad del tarjetahabiente mediante el requerimiento de un documento de identidad.
La exigencia se justifica en que, independientemente del tipo de tarjeta que se utilice, «están en el deber de agotar los mecanismos destinados a prevenir su uso indebido como instrumento de pago».
El objetivo es «generar un ejercicio de buena práctica a cargo de los establecimientos comerciales, a fin de proteger al usuario de producto bancario de posible actuación indebida impulsada por un tercero que pudiere significar afectación manifiestamente perjuiciosa para el tarjetahabiente».EFE
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