El tribunal presidido por el magistrado Francisco Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández y María Garabito, tras rechazar el pedido de extradición, dispuso libertad pura y simple de Isabel Feliz, quien se encontraba detenida en la sede de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).
Los jueces de igual forma, dejaron sin efecto la orden de arresto dictada por el tribunal el 12 de febrero, así como la imposición de medida de coerción, por no ser solicitada en extradición en las notas diplomáticas emitidas por el país requirente, como si está su esposo Pablo Milano Escarfulleri o Paolo Ceccato.
Sostiene el tribunal que aunque Isabel Feliz figure en un proceso de carácter penal en el país requirente, no fue solicitada en extradición por la vía diplomática como establece el artículo 14.1 del Tratado de Extradición suscrito entre el gobierno de la República Dominicana y el gobierno de la República Federal de Brasil.
Precisó que para que se conozca de una solicitud de extradición, es necesario que en la nota diplomática y en los documentos que le sirva de soporte a dicha solicitud se indique de manera clara y precisa la identidad de la persona reclamada en extradición, lo cual no ocurre en el caso de Isabel Feliz.
No es perseguida
Destaca que no puede perseguirse la imposición de una medida de coerción contra una persona que no está siendo perseguida en extradición por la vía diplomática correspondiente por el Estado requirente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario