La iniciativa, aprobada en segunda lectura en el Senado este miércoles 15 de marzo, es de la autoría de los senadores Yván Lorenzo y Santiago José Zorrilla. Deberá ser aprobada en la Cámara de Diputados.
De ser convertido en ley, el proyecto modificaría la Ley 16-92 que establece el Código de Trabajo y derogaría la resolución No. 23-2020, del 12 de noviembre de 2020, del Ministerio de Trabajo, sobre la regulación del teletrabajo como modalidad especial.
Según el artículo uno, el proyecto busca la inclusión de los sectores productivos en la economía digital y el uso de herramientas tecnológicas de comunicación, como medio de potenciar la generación de empleos, aumentar la productividad y competitividad de las empresas. También, contribuir a regular y proteger los derechos de los trabajadores. Para gozar de los mismos beneficios y obligaciones, se deberán cumplir con ciertas prerrogativas como, por ejemplo, que el empleador adopte medidas que mantengan el mismo nivel de formación que los trabajadores presenciales y que las políticas de evaluación del desempeño de los trabajadores bajo esa modalidad, a distancia o no presencial, no podrán ser discriminatorias con respecto a las políticas de los presenciales.
Respeto a privacidad
El teletrabajo, según la pieza, se realizará fuera de los locales de la empresa, de forma parcial o total, haciendo uso de las tecnologías de la información y comunicación. También, en base a esas herramientas, el empleador podrá ejercer el control y la supervisión.
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