El tribunal declaró ilegal la huelga que dicho sindicato mantiene en dicha, promovida por García Santana
La orden está contenida en la sentencia laboral 479-2023-SSEN-0071, la cual está firmada por los magistrados Miguel Patricio Minguijón Abreu, María Altagracia Ramos, Cristian de Jesús Paulino, Ramón Santiago Rosario y Keila Acosta Mena.
Debido a la huelga, que ha causado pérdidas significativas para la empresa, los empleados y la comunidad, CORMIDOM se vio en la necesidad de suspender sus operaciones productivas y entrar solamente en fase de mantenimiento, en un esfuerzo para preservar la seguridad de los empleados y el fututo del negocio.
De inmediato, la empresa Corporación Minera Dominicana (CORMIDOM) dijo que respeta las leyes de la República Dominicana y como tal acata la decisión de dicha Corte.
Yipsy Roa, representante legal de CORMIDOM expresó: “Desde un principio, CORMIDOM ha estado apostando al respeto y aplicación de las leyes en la República Dominicana. En ese sentido respetamos la decisión de este tribunal”.
Roa dijo que la empresa reitera su compromiso con el libre derecho sindical de sus empleados, siempre en el marco del respeto a las normativas legales de la República Dominicana.
Solicitó “la unidad de todos, la empresa, empleados y comunidad, para generar la confianza de los inversionistas a fin de puedan decidir continuar las operaciones en República Dominicana y poder reabrir la mina”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario