La Junta Central Electoral (JCE) emitió la resolución 6-2025 que declara la pérdida y disolución de la personería jurídica del Partido Patria Para Todos (PPT) y el Movimiento Juventud Presente (MJP).
Esto se hace en atención a lo dispuesto en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 75 de la ley número 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Este artículo establece que la JCE tiene la facultad de disolver la personería jurídica de agrupaciones políticas y cerrar su expediente, cuando estos no alcancen por lo menos el 1% de los votos válidos emitidos en las elecciones nacionales ordinarias para el nivel presidencial, congresual y municipal.
Así como cuando no obtuvieron representación congresual o municipal en las últimas elecciones; no haber participado en las elecciones o participar y no lograr el 1% exigido; fusión con uno o más partidos y cuando un candidato de la agrupación acuda al sufragio en alianza y no alcanza la posición o el porciento estipulado.
En cuanto al Partido Patria Para Todos, el órgano electoral pronóstico que tras las elecciones del 19 de mayo, esa organización acudió a las urnas con candidaturas propias para el nivel presidencial, obteniendo solo 2.744 votos válidos para el 0,06%, sin lograr el 1%.
El PPT tampoco suscribió pactos de alianzas, fusiones o coaliciones con ninguna de las demás organizaciones políticas reconocidas para el proceso electoral ni logró un escándalo en el Congreso Nacional o representación a nivel municipal.
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